Es un organismo que pretende ser: 

1. Representativo de todo el pueblo de Dios.

2. Permanente, para garantizar la continuidad en los servicios de los diversos campos de la acción pastoral.

3. Consultivo por su propia naturaleza:

a) Promoviendo la iniciativa de las personas, asociaciones y grupos de la  Capilla.

b) Facilitando la comunicación y el diálogo entre los diversos agentes de la acción pastoral.

c) Respetando las competencias de las personas y grupos. 

FINES DEL CONSEJO PASTORAL

Son fines del Consejo Pastoral:

Promover la comunión eclesial, fundada en la fé y en la caridad.

Colaborar activa y eficazmente en el desarrollo de la acción pastoral y evangelizadora de la Capilla.

  • Despertar el sentido de corresponsabilidad eclesial de los miembros de la Capilla, tanto en relación con la Iglesia Local como con la Iglesia Diocesana y Universal.
  • Conjugar armónicamente las distintas funciones de la Capilla en los diversos campos de la acción pastoral: servicios, evangelización, proclamación de la Palabra y celebración.
  • Servir de cauce institucional a la responsabilidad compartida y al diálogo, siempre necesario.

 FUNCIONES DEL CONSEJO PASTORAL

 Son funciones del Consejo Pastoral:

  Promover y formar el espíritu de Comunidad Parroquial y buscar la colaboración armónica de los diversos miembros de la misma.

  • Conocer el estado y situación real de la Parroquia para poder adecuar mejor la acción pastoral.
  • Descubrir y ofrecer los cauces oportunos para que la evangelización llegue a todos los sectores.
  • Programar y revisar la actividad pastoral de la Capilla en coordinación con el Plan Diocesano de Pastoral y demás programaciones diocesanas.
  • Coordinar  también la pastoral de la Capilla con la pastoral de la Parroquia y el Obispado.
  • Ser informado y dar su parecer sobre el presupuesto Capilla.

 DIAS DE REUNION:Se convoca a sus miembros dos veces por mes o cada vez que es necesario